PJ declara improcedente acción de amparo contra disolución

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El Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente la demanda del proceso de amparo interpuesta por el integrante de la Comisión Permanente, Salvador Heresi para declarar nulo el decreto supremo que disolvió el Congreso.

Salvador Heresi Chicoma, según la resolución, pretendía con esta acción que se restableciera su derecho constitucional a participar en la vida política, en su condición de congresista, “en cumplimiento de su mandato congresal por el periodo comprendido entre 2016 y 2021”,

La demanda, de acuerdo con lo decidido por el juzgado, se presentó el último 22 de octubre contra el presidente Martín Vizcarra y el titular del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos.

Como se recuerda, ambas autoridades firmaron el decreto supremo 165-2019-PCM que dispone la disolución constitucional del Congreso, la revocatoria del mandato parlamentario y la convocatoria a elecciones para el 26 de enero de 2020.

PJ rechazó acción de amparo contra disolución del Congreso

Dentro de los fundamentos de la decisión, el juzgado determina que según el artículo 134 de la Constitución, “queda claro que es prerrogativa del presidente de la República la disolución del Congreso, si este ha censurado o negado su confianza a dos Consejo de Ministros”.

“Por ello, estando que el presidente de la República mediante el decreto supremo 165-2019-PCM, objeto de debate, no solo disolvió el Congreso, sino que también convocó a elecciones para un nuevo Congreso, por obvias razones es de considerarse que cumplió con las disposiciones establecidas en los artículos 133 y 134 de la Constitución”, detalla el documento.

Como se recuerda, el pasado 25 de octubre, el Primer Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte de Lima declaró improcedente la acción de amparo interpuesta por la excongresista Marisol Espinoza para que se a inaplicable el decreto supremo que disolvió el Congreso.

Foto internet/medios

 

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