El Pleno del Congreso inició su sesión con el debate de los proyectos que proponen establecer requisitos mínimos para el acceso a la función y servicio público de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y personal de confianza.
El dictamen de la Comisión de Constitución señala que en el ámbito de aplicación se encuentran los funcionarios públicos de libre designación y remoción, y personal de confianza de las siguientes entidades de la administración pública:
– El Poder Ejecutivo, incluyendo Ministerios y Organismos Públicos.
– El Poder Legislativo.
– El Poder Judicial.
– Los Gobiernos Regionales.
– Los gobiernos Locales.
– Los Organismos a los que la Constitución Política del Perú y las leyes confieren autonomía.
– Entidades de tratamiento empresarial y empresas públicas.
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– Las demás entidades y organismo, proyectos y programas del estado, cuyas actividades se realicen en virtud de potestades administrativas y, por tanto, se consideran sujetas a las normas comunes de derecho público.
Además, precisa que no se encuentran comprendidos los regímenes especiales de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, de la carrera judicial, la correspondiente al Ministerio Público y demás carreras especiales.
Como requisitos mínimos para cargos de funcionarios públicos de libre designación y remoción, el proyecto determina que, además de cumplir con los requisitos que cada puesto especifica, se debe: estar en ejercicio de los derechos ciudadanos, tener la nacionalidad peruana, no estar inhabilitado para ejercer función pública y no haber sido condenado por delito doloso en primera instancia.
También, se estipula los requisitos para cargos de servidores de confianza, los cuales deben cumplir el perfil del puesto exigido en cada entidad y cumplir los requisitos generales contemplados en el artículo 7 de la Ley Marco del Empleo público.
Asimismo, debe acreditar estudios superiores, mediante presentación de título profesional, magister o doctorado; experiencia a través de resoluciones de nombramiento, contratos, otros; y capacitación, presentando diplomas, certificados, constancias.
ANDINA- Video Congreso