Ejecutivo modifica artículos de ley que regula disciplina en la PNP

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El Ejecutivo dispuso modificar diversos artículos de la ley que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional (Ley 30714) para lograr mayor celeridad y eficacia en lo que corresponde a las medidas de esa índole que se aplican en la institución.

Estas modificaciones -que incluyen la incorporación de cuatro disposiciones complementarias finales- se consignan en el decreto legislativo 1583, publicada en El Peruano.

Las mismas se centran en fortalecer la disciplina de la Policía, facilitando de esa forma disponer de agentes idóneos para el desempeño de las funciones de la Policía Nacional.

En ese contexto, se incluye una modificación a la Ley que regula los Procesos de Ascensos en la institución policial (Ley 31873) que fija para el factor disciplinario un valor de 20% en la evaluación a los oficiales y suboficiales que estén inmersos en estos concursos.

En esta disposición se detalla además que se suspenderá el procedimiento de ascenso para los integrantes de la institución comprendidos en procesos por infracción muy grave.

De igual forma, en el decreto legislativo se determina que los policías sancionados por violencia contra las mujeres o contra la familia por efectos del consumo de alcohol recibirán un tratamiento psicoterapéutico con enfoque de género, impulsando su reeducación que estará a cargo de la Dirección de la Sanidad de la Policía.

Aplicación de sanciones

En otro de los artículos modificados se establece que el personal policial “está facultado para sancionar al personal de igual grado bajo su comando”.

Asimismo, que las infracciones graves y muy graves las sancionan las inspectorías correspondientes de la institución, así como el Tribunal de Disciplina Policial.

En la norma también se establecen las funciones de los órganos que toman decisiones sobre las sanciones a aplicar, tanto en primera como en segunda instancia. De igual manera, se define el régimen de notificaciones para los policías inmersos en casos que generan sanciones.

Se prevé, además que los oficiales que egresen de la Escuela de Posgrado de la Policía, del CAEN y de institutos similares, se asignarán a los órganos de investigación y decisión de la Inspectoría General Policial.

En otro de los artículos modificados se establecen los plazos de prescripción de las infracciones disciplinarias, fijándose en seis meses y en 18 meses las que tienen carácter leve.

Este último lapso se da cuando la infracción leve ha sido detectada en el curso de un procedimiento desarrollado por una infracción grave o muy grave.

Asimismo, las infracciones graves tienen un plazo de prescripción de dos años desde se cometieron, y aquellas muy graves prescriben a los cuatro años.

RG- Foto Andina

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