El juez Juan Carlos Checkley declaró infundada la revisión de oficio de la medida de prisión preventiva dictada contra Pedro Castillo, en la investigación en su contra por la presunta comisión del delito de rebelión.
Esta información se conoció en la cuenta oficial del Poder Judicial en la plataforma X (antes Twitter).
«Declarar infundada la revisión de oficio de la prisión preventiva dictada contra el imputado José Pedro Castillo Terrones, y consecuentemente, se declara la vigencia de la medida preventiva por el plazo de 18 meses dictada por este Juzgado Supremo mediante resolución, confirmada por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema», detalla la resolución.
Al expresidente se le sigue un proceso como supuesto coautor del delito contra los Poderes del Estado y el orden constitucional, modalidad rebelión, previsto y sancionado en el artículo 346 del Código Penal, en contra del Estado.
Además, se le investiga también alternativamente por el presunto delito contra los Poderes del Estado y el orden constitucional – conspiración, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 349 del Código Penal, en contra del Estado.
#LoÚltimo Juez Juan Carlos Checkley declara infundada revisión de oficio de la medida de prisión preventiva dictada contra expresidente Pedro Castillo, en investigación por delito de rebelión. pic.twitter.com/dMUF5mXnLs
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) December 23, 2023
Asimismo, como presunto autor del delito contra la administración pública – abuso de autoridad, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal, en agravio del Estado.
También como presumible autor del delito contra la tranquilidad pública – delito contra la paz pública, en la modalidad de delito de grave perturbación de la tranquilidad pública, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 315 A del Código Penal, en agravio de la sociedad.
RG- Foto Andina
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