En el marco de las facultades otorgadas por el Congreso para la seguridad ciudadana , el Ejecutivo dispuso mediante decreto legislativo que en adelante los efectivos policiales y militares no podrán trabajar en empresas privadas de seguridad.
En la norma se señala que es “incompatible la prestación o desarrollo de servicios de seguridad privada teniendo la condición de integrante de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, en situación de actividad o disponibilidad”.
También se establece que la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) será la encargada de controlar y fiscalizar que las empresas privadas de seguridad no cuenten con personas de las instituciones armadas o policial.
El Ejecutivo puso énfasis al señalar que el uso de las armas de fuego por parte del personal de seguridad privada “tiene la finalidad de proteger la integridad físicas de las personas y la seguridad de bienes”.
No obstante, este personal no puede usar armas en eventos públicos, ni desempeñar funciones que competen a las Fuerzas Armadas o a la Policía Nacional. (ECHA)