En el Congreso se presentó un proyecto de ley que busca fortalecer la inscripción de defunciones en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), a fin de facilitar con ello su labor de actualización del padrón electoral.
La iniciativa de la legisladora María del Carmen Alva (no agrupada) está referida a aquellas defunciones que no hayan sido registradas en el Registro Único de Identificación de Personas Naturales (RUIPN) del Reniec hasta 30 días calendario después de haberse emitido el certificado de defunción.
Se señala que, transcurrido dicho plazo, las entidades públicas y privadas que certifican defunciones remitirán de manera obligatoria la información de los certificados de defunción digitales y manuales (en papel) no registrados ante el Reniec para su inscripción correspondiente en el RUIPN, a través de los medios que establezca dicho organismo.
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Registra los certificados de defunción de tu familiar. #ElPadrónLoHacemosTodos pic.twitter.com/hSoCCoC22h— RENIEC PERÚ (@ReniecPeru) February 6, 2025
La propuesta precisa que las entidades públicas y privadas que realicen este procedimiento serán consideradas como declarantes de las defunciones que no hayan sido registradas pasados los 30 días. Además, acordarán el mecanismo de verificación de la información necesaria para su implementación.
“El Reniec podrá notificar a los deudos de las personas fallecidas, de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo General, hasta un tercer grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, del registro de las defunciones”, se lee en otro de los artículos del proyecto de ley.
Texto: WSV
Foto: Composición
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