Produce autoriza la segunda temporada de pesca de anchoveta

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El Ministerio de la Producción (Produce) autoriza el inicio de la segunda temporada de pesca de anchoveta 2016 en la zona norte-centro del Perú, a partir del 15 de noviembre y culminará una vez alcanzado el límite máximo total de captura permisible o cuando lo recomiende el Imarpe.

Mediante Resolución Ministerial N° 440-2016-Produce, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se dispone esta medida que será aplicada para la anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo y los 16°00’ Latitud Sur.

El límite máximo total de captura permisible de la segunda temporada de pesca 2016 de la zona norte-centro del recurso anchoveta será de 2 millones de toneladas.

La norma señala que solo podrán realizar faenas de pesca las embarcaciones pesqueras registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante la presente temporada de pesca, conforme a la legislación vigente.

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En el caso que las capturas de la flota anchovetera alcancen el límite máximo permisible establecido para el presente periodo de pesca, se suspenderán las actividades extractivas; sin perjuicio de establecer las responsabilidades administrativas y/o penales de los titulares de aquellas embarcaciones que hubiesen efectuado capturas por encima del límite asignado.

Además se autoriza la ejecución de una pesca exploratoria de los recursos anchoveta y anchoveta blanca a partir de las 00:00 horas del 11 de noviembre de 2016 hasta las 23:59 horas del 14 de noviembre de 2016, y fuera de las cinco millas marinas de la línea de costa.

Las direcciones correspondientes del Ministerio de la Producción, así como las dependencias con competencia pesquera de los gobiernos regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Andina/Foto: fimar.com.pe

 

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