El Poder Ejecutivo prohibió las prácticas comerciales que utilizan llamadas telefónicas o envío de mensajes masivos a fin de publicitar servicios y productos.
De esta manera se pone punto final al acoso que sufrían miles de consumidores que no habían brindado su autorización para ello, informa este miércoles Andina.
La prohibición se oficializó mediante del Decreto Legislativo 1390, publicado hoy miércoles en el diario oficial El Peruano, el cual modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571).
La norma reconoce que la protección contra los métodos comerciales agresivos o engañosos implica que los proveedores no realicen prácticas que mermen de manera significativa la libertad de elección del consumidor, a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo.
Por esta razón, argumenta, las empresas quedan prohibidas de emplear centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios a aquellos números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no hayan brindado su previo consentimiento.
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Si el usuario ha autorizado el recibió de llamadas o mensajes de proveedores, esta decisión «puede ser revocada en cualquier momento y conforme a la normativa que rige la protección de datos personales».
El decreto del Poder Ejecutivo simplifica también precisa y fortalece las competencias del Indecopi en los procedimientos administrativos sancionadores, así como los mecanismos de prevención y solución de conflictos de consumo.
La norma está firmada por el presidente de la República, Martín Vizcarra, y el presidente del Consejo de Ministros, César Villanueva.
Nota: Aldair Pacheco S. / Foto: Andina