El Ejecutivo promulgó este lunes la norma aprobada por el Parlamento que excluye de responsabilidad penal a los partidos políticos.
Así, a las organizaciones políticas ya no se les procesará judicialmente por delitos que se les impute y la Fiscalía de la Nación podrá procesar solo de forma individual a sus afiliados, luego de la modificación del artículo 105 del Código Penal.
La norma se aprobó en el pleno del Congreso el último10 de mayo con 88 votos a favor, luego del dictamen que recibió el visto bueno de la Comisión de Constitución.
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Se determina además en la ley que a los partidos políticos no se les aplique las mismas reglas de disolución o suspensión que se impone a las personas jurídicas comunes, sea con fines de lucro o no.
“Los partidos políticos no podrán ser sujetos de disolución, suspensión o del cierre de sus locales por la vía judicial, sino que su régimen sancionador se rige por la Ley 28094, Ley de organizaciones políticas y sus estatutos partidarios”, explicó la presidenta de la Comisión de Constitución del Parlamento, Martha Moyano en el debate del 10 de mayo.
Foto Congreso de la República