La presidenta Dina Boluarte promulgó la ley que restituye el financiamiento privado de partidos políticos y permite que los abogados de estas organizaciones sean pagados con recursos públicos. Se trata de una contrarreforma que impulsó este Congreso y que el Gobierno le da luz verde, sin presentar ninguna observación.
La norma promulgada también señala que los aportes no declarados que sobrepasen las 200 UIT no serán considerados ilegales, sino que serán considerados como infracciones con responsabilidad administrativa.
Pdta. Dina Boluarte promulgó Ley 32254 que restituye financiamiento privado a partidos políticos:
♦️Norma aprobada por la Comisión Permanente del Congreso, habilita la recepción de cuotas o aportes en efectivo o en especie de una persona natural y jurídica por hasta 200 UITs pic.twitter.com/XCtdYarZDO— 😷 Política Total (@POLITICATOTALpe) February 1, 2025
Cada persona natural o jurídica podrá aportar a un partido político hasta 200 UIT por año. En caso sea a más, el tope será de 500 UIT.
La ley dice también que las agrupaciones políticas no pueden recibir aportes de empresas extranjeras u organizaciones sin fines de lucro, salvo que, en caso de estas últimas, el dinero sea destinado para la formación, capacitación e investigación del partido.
#AlertaLegislativa: En edición extraordinaria de El Peruano, la presidenta Dina Boluarte promulga la ley del Congreso que restituye el financiamiento de empresas a partidos políticos. pic.twitter.com/5KLyfh4R06
— Martin Hidalgo (@martinhidalgo) February 1, 2025
Defensa de partidos políticos será pagada con recursos públicos
El punto más controversial tiene que ver con el financiamiento de la asesoría legal hacia las organizaciones políticas. Como se sabe, el Estado financia a los partidos políticos que logran representación en el Congreso para sus gastos ordinarios y actividades de formación y capacitación.
La ley señala que ese financiamiento público de hasta el 50% para gastos ordinarios, también pueda ser utilizado para el pago de «servicios de asesoría y patrocinio legal a la organización política como a sus directivos, representantes y voceros».
Texto: WSV
Foto: Composición
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