La Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) organización gremial con 95 años de probada historia en defensa de los derechos de periodistas y la información como derecho del pueblo, rechaza las dos recientes propuestas legislativas promovidas con el claro propósito de imponer restricciones a la actividad periodística.
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República aprobó el predictamen recaído en el Proyecto de Ley 2862/2022-CR “que modifica los artículos 131 y 132 del Código Penal, que sanciona con el incremento de la pena por la utilización indebida de los medios de comunicación, redes sociales o sitios web de divulgación colectiva y la modificación del artículo 1969 del Código Civil, en perjuicio al honor, la buena reputación, la intimidad de la persona y la familia”.
El proyecto, presentado en agosto del año pasado por los congresistas del grupo parlamentario Perú Libre, a iniciativa del legislador Segundo Toribio Montalvo Cubas, pretende agravar la pena del delito de difamación, en contracorriente a la tendencia en el continente a despenalizar los denominados delitos contra el honor. La situación, además, es alarmante en un país en el que, en los últimos 5 años, 132 periodistas de Lima y regiones, mayormente quienes se dedican a la investigación periodística, han sido llevados a tribunales por quienes ejercen responsabilidad pública o personas allegadas a ellos. La instrumentalización del sistema de justicia para arremeter contra periodistas que resultan incómodos por denunciar ilícitos de corrupción no pretende resarcir honras sino, por el contrario, desgastar al investigador y aleccionar a cualquiera que intente investigarles.
Igual de perjudicial para el ejercicio de la actividad periodística resulta la propuesta de Proyecto de Ley 4177 / 2022 – CR “Ley de fomento para la profesionalización de periodistas y comunicadores del Perú”, presentada por la bancada de Renovación Popular, a iniciativa de la parlamentaria Noelia Herrera, en la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, que constituirá otro intento fallido de imponer la colegiatura obligatoria de periodistas y comunicadores.
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El documento señala que la propuesta “tiene por objeto fomentar la profesionalización de los periodistas y comunicadores, y promover la incorporación en sus respectivos colegios profesionales, para elevar el nivel de formación deontológica en los profesionales que laboran en los medios de comunicación”.
Tanto la normativa interamericana y nacional han fijado estándares sobre este particular, precisando que sujetar la actividad informativa a la pertenencia a algún gremio o institución particular es lesivo para la ciudadanía puesto que no es posible limitar el derecho de expresión en medios. Instancias como la Defensoría del Pueblo, el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos lo han precisado; contradecirlo no solo es necedad, sino desconocimiento absoluto a los alcances del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos que nuestro país adhiere.
Este gremio históricamente ha advertido el peligro de sujetar el quehacer periodístico a una entidad en particular. Las diferentes experiencias en el mundo demuestran que las instituciones que regulan la actividad periodística son las primeras en ser atacadas o tomadas durante regímenes poco democráticos y que pretenden silenciar a quienes informan sobre sus graves delitos o vulneraciones de derechos ciudadanos.
Es mucho más abyecto querer sorprender a la ciudadanía argumentando que en América Latina la obligatoriedad de la colegiatura es la norma. Recurrir a información no verificada para intentar generar corriente de opinión favorable es faltar al rigor. Instituciones pares a la ANP en otros países del continente han informado que en Argentina, no hay colegiatura obligatoria, hubo un intento frustrado; en Brasil no existe colegio de periodistas; en Chile es facultativa; en Colombia la Corte Constitucional señaló que el ejercicio de la actividad periodística es un derecho fundamental de carácter universal que no puede ser limitada mediante la exigencia de títulos o reconocimientos previos de ninguna naturaleza; en Costa Rica se derogó la colegiatura obligatoria tras la opinión consultiva de 1985; en México, Panamá, Paraguay y República Dominicana, se han declarado inconstitucionales todo intento de obligatoriedad de afiliación a los periodistas a un cuerpo colegiado.
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La ANP advierte con preocupación que desde el Poder Legislativo se pretenda desconocer de manera reiterada el derecho a la información de la ciudadanía. Intentar reglamentar la actividad periodística, sin un criterio técnico válido y legítimo, convierte estas iniciativas en inviables. Ya en el 2022 llamamos la atención por la formulación de 5 amenazas legislativas -algunas en el mismo espíritu y con actores recurrentes- que colisionaban con las garantías que en democracia requiere el periodismo libre e independiente.
En el actual momento que vive el país, en que resulta fundamental defender la libre expresión y el periodismo de investigación, la ANP se reafirma en sus consignas históricas para ratificar que sin libertad de prensa no hay democracia, la información es un derecho del pueblo y que la democracia peligra si solo se oye la voz de los poderosos. El compromiso por defender el periodismo y revalorar la verdad deben ser principios irrenunciables en todo el sector.