Todos los establecimientos comerciales, industriales y aquellos dedicados a actividades profesionales o de servicios, ubicados en Pueblo Libre, que se nieguen a implementar un sistema de videovigilancia en su interior serán multados con 790 soles (20% UIT).
La Municipalidad de Pueblo Libre precisó que esta medida, que incluye el cierre temporal del local que incumpla la ordenanza 458 emitido por la comuna edil, busca proteger a los propietarios y los usuarios frente a la delincuencia.
La disposición, a implementarse en 90 días en Pueblo Libre, alcanza a establecimientos comerciales como tragamonedas, casinos, hoteles, hostales, discotecas, pubs, restaurantes, fuentes de soda y cafeterías.
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La medida también alcanza para las playas de estacionamiento, institutos, agencias bancarias, licorerías, galerías comerciales y, en general, todos los establecimientos que cuenten con un área igual o mayor a 30 metros cuadrados.
De igual modo, deberán acatar la norma los comercios de Pueblo Libre con aforo de 30 personas o más, como clínicas, policlínicos, centros de rehabilitación física y/o terapia, así como los establecimientos que permanezcan abiertos y/o atienden al público pasadas las 23:00 horas, cualquiera fuera su aforo.
Andina
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