Comisión Permanente declara procedentes denuncias constitucionales contra Vizcarra

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La Comisión Permanente del Congreso aprobó los informes referidos a las denuncias constitucionales contra el expresidente Martín Vizcarra y las exministras Pilar Mazzetti y Elizabeth Astete, y otorgó 15 días de plazo a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para realizar las investigaciones por la vacunación irregular.

Esta comisión, además, acordó acumular las denuncias constitucionales 422 y 424 que atribuye a Vizcarra los presuntos delitos de organización criminal, concusión, colusión agravada, peculado doloso, malversación, cohecho pasivo propio, negociación incompatible, tráfico de influencias, falsificación de documentos y negociación incompatible.

Asimismo, acumuló las denuncias constitucionales 423 y 422, que declara procedente las denuncias constitucionales por la presunta infracción constitucional de los artículos 38, 39, 118 y 41 de la Constitución contra el Vizcarra y las exministras Pilar Mazzetti y Elizabeth Astete.

Para ambas denuncias constitucionales se otorgó el plazo de 15 días hábiles a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para realizar las indagaciones.

Martín Vizcarra: Subcomisión de Acusaciones aprobó dos informes de calificación

Durante el debate, el congresista Guillermo Aliaga (SP) pidió a la Comisión Permanente dar respuesta a una carta enviada por el expresidente Vizcarra, quien cuestionó la acumulación de las denuncias constitucionales e indicó que no se había respetado el debido proceso.

El presidente de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Carlos Pérez Ochoa, indicó que una vez que se aprueben los informes de calificación y se les otorgue un plazo para realizar las investigaciones, el expresidente Vizcarra podrá asumir su derecho a la defensa.

“La alegación de una vulneración al debido proceso no tiene otro objetivo que generar obstrucción al procedimiento parlamentario de acusación constitucional y está orientado a desconocer la formalizad de proceso”, afirmó.

ANDINA

 

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