El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) incrementó el límite de la cobertura que otorga el Programa Reactiva Perú sobre los préstamos otorgados a las microempresas para reposición de capital de trabajo, por lo que ahora será el equivalente a tres meses de venta promedio mensual del 2019.
Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial N° 165-2020-EF/15, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, que modifica el Reglamento Operativo del Programa Reactiva Perú.
El artículo 12 modificado referido al límite de la cobertura precisa que: “la garantía individual que otorga Reactiva Perú sobre los Préstamos otorgados por la Entidad del Sistema Financiero a la empresa deudora que requiera financiar la reposición de su capital de trabajo, cubre como máximo el monto equivalente a tres meses de ventas promedio mensual del año 2019, de acuerdo con los registros de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)”.
“En el caso de créditos a microempresas, para la determinación del límite de la garantía, además del criterio señalado, también se puede utilizar el monto equivalente a dos (2) meses promedio de deuda vigente durante el año 2019, según los parámetros establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para créditos a microempresas, hasta un máximo de 40,000 soles, el que resulte mayor. Lo dispuesto en el presente numeral incluye a las personas naturales con negocio”, indica la norma
También se modifican criterios de elegibilidad de las empresas deudoras, la cobertura de los préstamos, así como la aplicación de la cobertura, entre otros aspectos. (Andina)
Resolución Ministerial N° 1… by Agencia Andina on Scribd