Luego de evaluar los cambios de la pandemia originada por el covid-19, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha determinado nuevas disposiciones relacionadas con el transporte aéreo internacional y nacional.
Se reanudarán los vuelos procedentes de países cuyo tiempo de viaje sea mayor a las ocho horas, aprobados a través de Resolución Ministerial 923-2020-MTC/01 y suspendida mediante Resolución Ministerial 968-2020-MTC/01 y sus prórrogas.
Sin embargo, continuarán suspendidos los vuelos de Reino Unido, Sudáfrica y Brasil. Esta restricción regirá del 15 al 31 de marzo.
De esta manera, se reanudarán los vuelos que salgan de Madrid, Barcelona, Ámsterdam y París; no obstante, no podrán ingresar al país los extranjeros no residentes procedentes de Reino Unido, Sudáfrica y Brasil o quienes hayan hecho escala en dichos países en los últimos 14 días.
Se reanudan los vuelos internacionales de más de ocho horas de duración. Conoce cuáles son los vuelos que siguen suspendidos y las medidas que se deben cumplir.
Nota de prensa: https://t.co/YmPDu4rnA0 pic.twitter.com/LFRCw4QBz9
— Ministerio de Transportes y Comunicaciones (@MTC_GobPeru) March 13, 2021
Los pasajeros que arriben al Perú deben presentar una prueba molecular negativa de covid-19, cuyo resultado se haya emitido hasta 72 horas antes del vuelo y cumplirán una cuarentena obligatoria de 14 días, que podrá ser levantada si se cuenta con un resultado negativo de una prueba antígena para el descarte del covid-19 la cual se podrán realizar a su arribo al país.
Además, deben completar por Internet la Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización. El documento, que consigna los datos del viajero, permitirá que las autoridades de salud lo ubiquen en caso se detecte que viajó cerca a una persona con covid-19.
Vuelos nacionales
Como parte de las nuevas disposiciones, se eliminó la obligación de presentar la prueba molecular o antígeno de covid-19 para los viajes aéreos al interior del país. Ya no será necesario mostrar ese análisis médico antes de abordar un vuelo nacional.
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Esta acción también rige desde el 15 de marzo según la Resolución Ministerial 217-2021-MTC/01.
El sector recuerda a todos los pasajeros que el uso de mascarilla y protector facial es obligatorio durante su permanencia en el terminal de los aeropuertos y mientras están en el avión.
La adopción de estas nuevas acciones se debe a los cambios en la actual emergencia sanitaria, evaluada de forma permanente con el objetivo de resguardar la salud de los ciudadanos.
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