El Congreso de la República publicó este jueves la ley que crea el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (Redereci).
La norma establece que quienes adeudan al Estado o a particulares, después de una sentencia, no podrán ejercer cargos públicos ni participar como candidatos en las elecciones.
La Ley Nº 3035, publicada en el Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, detalla que en este registro se inscribirán los deudores de reparaciones civiles por delitos dolosos y estará a cargo del Poder Judicial.
Añade que en este registro se inscribirá la información actualizada de quienes incumplan con cancelar el íntegro de las reparaciones civiles a favor de individuos y el Estado, dictadas en sentencias con calidad de cosa juzgada.
Previamente, los deudores serán requeridos por el órgano competente para que realicen el pago de las reparaciones civiles, mediante oficio o instancia de parte, en diez días hábiles. Si no cancelan los requerimientos, inmediatamente será inscrito en el registro.
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La norma fija, además, que las personas inscritas en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles no podrán ejercer función pública, cargos y empleo en el aparato público, y quedarán impedidos de contratar con el Estado.
No postularán ni accederán tampoco a cargos públicos de elección popular.
Cancelar una inscripción del registro solo será posible tras el pago de la totalidad de la reparación civil impuesta por el Poder Judicial. El interesado presentará una solicitud acompañada por un documento que acredite el pago.
El Poder Judicial debe remitir mensualmente a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un listado actualizado de los deudores de reparaciones civiles, a fin de que, bajo responsabilidad, se registren en la central de riesgo de esa institución.
La norma concede al Ejecutivo en un plazo de setenta días hábiles para reglamentar la misma.
Foto: Congreso
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