Del jueves 29 de junio al domingo 2 de julio habrá un nuevo fin de semana largo que permitirá a muchos tomar un descanso, cumplir tareas pendientes o desarrollar actividades recreativas para salir de la rutina.
El jueves 29 de junio, fecha en que se conmemora la festividad católica de San Pedro y San Pablo, es feriado nacional para los trabajadores públicos y privados, con derecho a descanso pagado.
En tanto, el viernes 30 de junio es día no laborable (compensable) decretado por el Gobierno. Las horas dejadas de trabajar deberán devolverse posteriormente.
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Ambas fechas se juntan con el sábado 1 y domingo 2 de julio para crear un fin de semana largo que permite a la población distintas acciones, como la práctica del turismo interno, instrumento dinamizador que impulsa la reactivación económica de Perú.
Vale precisar que los feriados calendarios son descansos remunerados que no se compensan y que, además, permiten al trabajador el cobro de triple salario cuando toca trabajar ese día.
En cambio, en los días no laborables las horas dejadas de laborar son compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública o privada, en función de sus propias necesidades.
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¿Cuánto debes percibir si trabajas un feriado?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) del Ministerio de Trabajo explica que, si laboras de forma presencial o remota un día feriado, deberás percibir dos remuneraciones diarias adicionales a tu remuneración total del mes.