La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), ya puede facultar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), para que congele administrativamente los fondos u otros activos de las personas o entidades vinculadas al terrorismo y al financiamiento del terrorismo.
La Resolución SBS N° 3862-2016, publicada – este sábado en el diario oficial El Peruano – también prevé la congelación de los fondos de las personas vinculadas a la proliferación de armas de destrucción masiva y su financiamiento, identificadas en el marco de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
De acuerdo a las disposiciones de esta norma legal, la UIF recibirá reportes de la policía peruana y también del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre las personas sospechosas a las cuales se debe congelar sus cuentas en el sistema financiero.
Pero, en un plazo que no exceda de las 24 horas, la UIF dará cuenta de la misma a un juez, quien podrá convalidar o revocar dicha acción. Al mismo tiempo, la UIF comunicará sobre la medida tomada al Ministerio Público y a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos por Terrorismo.