En el marco del cumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) realizó diversos operativos de orientación de la mencionada norma en las distintas zonas comerciales de la capital, a fin de advertir sobre la obligatoriedad de contar con trabajadores con discapacidad y de la implementación de las condiciones necesarias para el desarrollo de sus actividades.
Las acciones de orientación se llevaron a cabo en conocidos centros comerciales, en donde los inspectores de Sunafil de manera personalizada, explicaron a los responsables de los establecimientos que para el caso de los empleadores privados con más de cincuenta trabajadores, la cuota de empleados con discapacidad sería en una proporción no inferior al 3%.
El Jefe de la Sunafil, Carlos Benites Saravia, quien encabezó estas jornadas de orientación precisó que Sunafil, como entidad responsable de la fiscalización laboral a nivel nacional, deberá verificar el cumplimiento de esta cuota de discapacidad en el sector privado a partir de enero del 2016, respecto del periodo 2015, de acuerdo a lo establecido por la ley.
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Cuota de empleo obligatoria
La Ley 29973, a través de su artículo 49 indica que las entidades públicas están obligadas a contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal, y los empleadores privados con más de cincuenta trabajadores en una proporción no inferior al 3%.
Sanciones
Corresponde al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y a Sunafil, la fiscalización de este cumplimiento en el ámbito privado y a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en coordinación con el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), en el Sector Público.
El no cumplir con la cuota de discapacidad es considerada una infracción grave y la sanción mínima es de 3 UIT equivalente a S/. 11,550.00 hasta una máxima, correspondiente a 50 UIT o 192,500 soles.
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
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