Ante la explosión en un grifo de Villa María del Triunfo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que las personas que laboran en grifos deben contar con un Seguro de Vida Ley obligatorio, el cual debe ser proporcionado por su empleador.
Este seguro es adicional al Seguro Social de Salud, que es un derecho adquirido, una vez que el trabajador es incluido en la planilla electrónica. La Sunafil también señaló que, los trabajadores que realicen una actividad de riesgo, deben poseer, además, un Seguro Complementario de Trabajo en Riesgo (SCTR).
Son los empleadores quienes tienen la obligación de garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores en el desempeño de sus funciones, por ello deben identificar los peligros y gestionar los riesgos relacionados al trabajo, además de determinar los controles necesarios, para que las labores se desarrollen en un ambiente seguro.
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También, deben orientar a sus trabajadores para que se promueva una adecuada prevención de riesgos laborales, coordinar el mantenimiento de las maquinarias que se usan, instalar señalética, y establecer procedimientos de lucha contra incendios, evacuación y rescate. Además, según el puesto de trabajo y como última barrera, deben otorgar los equipos de protección personal necesarios para que realicen sus funciones de forma segura.
Los equipos de protección personal básico que deben tener los trabajadores de grifos son: calzado de seguridad, guantes, máscaras protectoras con filtros para vapores orgánicos, lentes antiimpactos, overol de cuerpo completo ignifugo (protege contra el fuego) con cintas reflectantes y otros, según las actividades que realizan.
Asimismo, la Sunafil indicó que, en el caso de los trabajadores que son víctimas de accidentes, durante el desempeño de sus funciones, son los empleadores, quien deben asumir las consecuencias económicas y legales.