La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), en el marco de sus funciones, viene realizando la revisión tarifaria solicitada por Sedapal, motivo por el cual no habrá incrementos tarifarios durante el 2020.
Detalló que Sedapal es una de las 38 empresas prestadoras de servicios de saneamiento que presentaron su solicitud para acogerse al procedimiento de revisión tarifaria del quinquenio 2015-2020, establecido en la Resolución N°016-2020-Sunass-CD.
Dicho procedimiento permite la revisión de metas u obligaciones vigentes de las empresas de agua y alcantarillado, establecidas en sus resoluciones tarifarias que se quiebran o pierden vigencia como consecuencia del uso de fondos de inversión y reservas facultado por el Decreto de Urgencia 036-2020, que determinó medidas extraordinarias para asegurar la continuidad de los servicios de saneamiento durante el estado de emergencia nacional.
Plan maestro
Si bien Sedapal presentó su Plan Maestro Optimizado (PMO) y este fue admitido por la Sunass, su concepción obedece a un escenario pre covid-19 por lo cual el estudio tarifario que el regulador está realizando debe contemplar nuevas variables y una actualización de datos por parte de Sedapal.
Por ejemplo, la información sobre la actual capacidad de pago de los usuarios afectados por la pandemia, así como el estado financiero de la empresa prestadora pospandemia, entre otras nuevas variables.
Agregó que, una vez realizado este análisis, la Sunass establecerá el incremento tarifario correspondiente y la oportunidad de su aplicación.
Fórmulas tarifarias
Explicó que las fórmulas tarifarias se calculan para un periodo de cinco años para cada empresa de agua que regula Sunass a nivel nacional.
Para elaborar una tarifa se tienen en cuenta dos componentes principales: el económico y el social.
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El componente económico está referido al costo del servicio que se establece en función de las inversiones en infraestructura y otros que son requeridos para brindarlo.
El componente social sirve para determinar el nivel socioeconómico de la población para que la tarifa tenga correspondencia con la capacidad de pago de las familias.
La elaboración de la tarifa empieza con la propuesta que las empresas de agua deben presentar a la Sunass a través de un documento denominado Plan Maestro Optimizado (PMO), donde se establecen las necesidades de inversión y los costos que implicaría esas mejoras y mantenimiento del servicio.
🗞️| La evaluación de la propuesta de incremento tarifario para el periodo 2020-2025 requiere de una actualización de datos, debido a que fue presentada previo al escenario de emergencia por la COVID-19.
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A partir de este documento, la empresa de agua propone la fórmula tarifaria, la estructura tarifaria y las metas de gestión, que deberán ser aprobadas y fijadas por la Sunass.
ANDINA