La Sunat prorrogó el vencimiento de las declaraciones y pago de las obligaciones tributarias de enero del presente año, a favor de las personas naturales y las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), ubicadas en los departamentos de extremo y muy alto nivel de contagio del covid-19.
Mediante la Resolución de Superintendencia 16-2021/Sunat, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se precisa que esta facilidad beneficia a los contribuyentes que durante el 2020 tuvieron ingresos anuales de hasta 2,300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 9 millones 890,000 soles.
Esta medida alcanza a más de 8.5 millones de contribuyentes cuyos ingresos no superaron las 2,300 UIT, que representan más del 99% de las empresas y personas cuyo domicilio fiscal se encuentra ubicado en los departamentos clasificados con nivel de alerta extremo o muy alto.
Normas Legales 🗞️
Resolución 016-2021/SunatSe aprueban normas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en los departamentos con nivel de alerta extremo y nivel de alerta muy alto.
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Vía @DiarioElPeruano pic.twitter.com/nvQYIZWd4e
— SUNAT (@SUNATOficial) February 2, 2021
Los nuevos plazos para efectuar la declaración y pago del IGV, Renta e ISC, entre otros, correspondiente al periodo enero 2021, serán ahora del 12 al 22 de marzo, teniendo en cuenta el cronograma de obligaciones tributarias mensuales previamente establecido, según el último dígito del RUC.
Esta prórroga también incluye las fechas máximas de atraso del Registro de Ventas, así como del Registro de Compras Electrónicas.
Sunat determinará cómo será postergación del pago de impuestos
Los departamentos que han sido considerados de alerta extrema y donde se aplica la inmovilización social obligatoria son: Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac y Lima. En tanto, los de alerta muy alta son: Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna.
En estas regiones, las medidas para evitar la propagación de la pandemia contemplan la realización de actividades económicas con algunas restricciones, de acuerdo con el Decreto Supremo 008-2021-PCM.
Para información adicional, los contribuyentes se pueden comunicar con la central de consultas telefónicas al 0-801-12-100 o 315-0730 y desde su celular llamando al *4000 o visitar el portal www.sunat.gob.pe, donde encontrará orientación y asistencia sin necesidad de salir de casa.
ANDINA