La infracción por no respetar el límite de velocidad establecido en las carreteras conlleva a una multa de entre S/ 975 y S/ 2575, de acuerdo al exceso registrado.
Sin embargo, la omisión del pago de la sanción puede derivar en un procedimiento administrativo de cobranza coactiva, el cual se puede ejecutar mediante la retención efectiva de las cuentas bancarias del titular del vehículo u otro tipo de medidas embargo, informó la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).
La entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) indicó que, a fin de evitar este tipo de medidas, los usuarios pueden consultar si tienen alguna papeleta por exceso de velocidad ingresando al siguiente enlace, colocando su número de placa o acta y DNI:
https://webexterno.sutran.gob.pe/WebExterno/Pages/frmPapeletasCinemometro.aspx
“En caso de presentarse inconvenientes con la información presentada, los usuarios pueden escribir al correo comunicate@sutran.gob.pe agregó la entidad.
La Sutran recalcó que las infracciones M20 (no respetar los límites máximos de velocidad) no están sujetas a descuento o al beneficio de pronto pago por representar un peligro para la seguridad de los ciudadanos.