El Tribunal Constitucional admitió la demanda que presentó el Colegio de Abogados de Lima (CAL) contra la «Ley de Amnistía» que aprobó el Congreso de la República, la cual permite la prescripción de delitos de lesa humanidad.
También declararon improcedente la demanda respecto de la Presidencia de la República, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Justicia, y de las procuradurías públicas de la PCM y el Minjus.
El auto fue emitido por los magistrados Liz Pacheco Zerga, Domingo Haro, Morales Saravia, Gutiérrez Ticse, Monteagudo Valdez, Ochoa Cardich y Hernández Chávez.
Esta normativa fue promovida por parlamentarios como Fernando Rospigliosi, de Fuerza Popular, y José Cueto, de Honor y Democracia.
🚨TC admite a trámite la demandada del Colegio de Abogados de Lima contra la ley 32107, ley de impunidad para crímenes de lesa humanidad promovida por los congresistas Fernando Rospigliosi y José Cueto. pic.twitter.com/pl0XHzaNmR
— Epicentro.TV (@Epicentro_TV) October 22, 2024
El día que fue aprobada en el Pleno, las legisladoras fujimoristas Martha Moyano y Patricia Juárez insistieron en que no se trataba de una ley que permitía la amnistía; no obstante, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sostiene que la norma iba en desacato con las órdenes establecidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En ese sentido, afirman, lo que se buscaba era establecer una política de impunidad, permitiendo que sentencias e investigaciones por delitos de lesa humanidad, hechas por la Fiscalía sobre acciones perpetradas antes del 2002, queden anuladas.
Texto: WSV
Foto: Composición
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