TC declara infundada prescripción de deudas de empresas a Sunat

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El pleno del Tribunal Constitucional declaró este martes infundada la demanda que buscaba la prescripción de las deudas de grandes empresas a la Sunat.

Los magistrados Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, Manuel Miranda Canales, Carlos Ramos Núñez y Marianella Ledesma votaron por la inconstitucionalidad de la demanda, mientras Augusto Ferrero Costa y Ernesto Blume en sentido contrario.

El magistrado José Luis Sardón de Taboada se inhibió.

El ponente de la demanda, Ernesto Blume Fortini, planteó declarar fundada la demanda interpuesta por el Colegio de Abogados de La Libertad y, en consecuencia, declarar inconstitucional la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo DL 1421.

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La norma, promulgada por el Ejecutivo el 2018, establece cómo calcular el plazo de cuatro años de la Sunat para cobrar las multas que impone en su labor de supervisión.

Se estima que, en virtud a ella, el Estado puede reclamar deudas tributarias por 10.000 millones de soles a grandes empresas nacionales y transnacionales.

En el proyecto, Ernesto Blume Fortini indicó que el DL 1421 excedió la regulación constitucional del régimen de delegación de facultades legislativas aprobada a través de la Ley 30823 y que no existe relación entre las materias autorizadas por ella y las desarrolladas.

Asimismo, indicó que la Ley 30823 no hace ninguna referencia a la prescripción tributaria.

Foto Crónica Viva

 

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