Tercera ola en el Perú: Instan a entidades públicas priorizar el trabajo remoto

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La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) exhortó a los titulares de las entidades públicas a disponer la aplicación del trabajo remoto para sus servidores públicos, cuyas funciones sean compatibles con esta modalidad de trabajo, como una medida de prevención ante el incremento de los casos de contagio por la covid-19 y el anuncio del inicio de la tercera ola.

Corresponderá a las entidades la aplicación de estas medidas y asegurar la continuidad del servicio.

Mediante un comunicado público, la institución manifiesta que el aumento exacerbado de contagios por la pandemia en las últimas semanas obliga a la correspondiente aplicación de medidas para afrontarlas, como lo ha sido la prórroga de la vigencia del trabajo remoto para los sectores público y privado, hasta el 31 de diciembre del 2022, de conformidad con el Decreto de Urgencia 115-2021.

“En este marco, Servir exhorta a los titulares de las entidades públicas a disponer la aplicación del trabajo remoto para sus servidores públicos, cuyas funciones sean compatibles con esta modalidad de trabajo”, refiere el documento.

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Criterios

Mientras, agrega, para aquellos puestos en los que no sea posible el trabajo remoto, se pueden disponer otras medidas como la aplicación de modalidades mixtas, la licencia con goce de haber sujeta a compensación posterior para el grupo de riesgo covid-19 y la colaboración laboral.

De acuerdo con la institución, los servidores públicos que realizan trabajo presencial están obligados a contar con el esquema completo de vacunación en cumplimiento del Decreto de Urgencia 055-2021), y las entidades públicas asegurar las condiciones de seguridad y salud frente al covid-19.

Control de salud

Esto último en atención de la Directiva Administrativa 321-Minsa/DGIESP-2021, denominada directiva administrativa, que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2, aprobada por Resolución Ministerial 01275-2021/Minsa.

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Esta norma también fijó las disposiciones para vigilar, prevenir y controlar la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a esta pandemia.

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Por lo tanto, corresponderá a las entidades gestionar la aplicación de estas medidas en un marco que asegure la continuidad de los servicios en el corto, mediano y largo plazo, en salvaguarda de la salud de los servidores públicos, concluye la entidad.

ANDINA

 

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