El crédito suplementario aprobado por el Congreso, y planteado por el Ejecutivo contempla un bono de 600 soles a los trabajadores públicos.
De esta manera, queda autorizado el otorgamiento de un bono excepcional, por única vez, de 600 soles para los servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 276, los trabajadores de la 728, así como de los trabajadores del decreto 1057 (régimen CAS).
Se incluye a los trabajadores dentro de la Ley 30057 (Ley del servicio civil), los trabajadores de la Ley 29709 (Régimen de los trabajadores penitenciarios) y los que pertenecen a la Ley 28091 (Miembros del servicio diplomático).
La norma hace referencia a trabajadores de las entidades del Gobierno Nacional, regionales y locales.
¿Cuándo se entrega el bono de S/ 600?
El bono excepcional se entrega por única vez en el Año Fiscal 2023, no tiene carácter remunerativo, no está afecto a cargas sociales, no es pensionable y no forma parte del cálculo de los beneficios laborales.
No califican cargos de dirección o de confianza
Para el caso de los servidores civiles bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276 del grupo ocupacional funcionario, previo al pago, la entidad debe identificar que el servidor no desempeñe cargo de dirección o de confianza y no reúna estas características, las mismas que son excluyentes entre sí:
- i) Tener mando sobre todo o parte del personal de la organización, esto es, tener la capacidad y la obligación de dirigir un grupo humano, organizando, normando y supervisando el trabajo de sus integrantes.
- ii) Dicho poder debe ser formal, esto es, estructurado, derivar del hecho de ocupar cargos previstos en los instrumentos de gestión de la entidad.
iii) Ejercer la representación de la organización o ejercer la titularidad de un órgano o una unidad orgánica determinada.
- iv) Tener la capacidad de adoptar decisiones.
Requisitos para el bono de S/ 600
Para el pago del bono excepcional el personal beneficiario debe cumplir con las siguientes condiciones:
– En las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales el personal beneficiario debe cumplir de manera conjunta lo siguiente: contar con vínculo laboral al 30 de junio del 2023 y encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio del 2023.
– En los gobiernos locales el beneficiario debe cumplir de forma conjunta: contar con vínculo laboral al 30 de junio del 2023 y encontrarse registrado en la Planilla Electrónica (PDT PLAME) en junio del 2023.
RG- Fotos Andina
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