El Tribunal Internacional de Justicia de la ONU dictaminó este miércoles que EEUU debe levantar parcialmente las sanciones impuestas a Irán el 8 de agosto por su programa nuclear, que afectan a los bienes básicos.
El tribunal exige a Washington que evite “dañar la exportación a territorio iraní de los bienes para cubrir necesidades médicas, ya sean fármacos o equipos hospitalarios, así como los servicios y maquinaria necesarios para la agricultura y la aviación civil”.
La República Islámica había pedido a los jueces que paralizaran dichas restricciones en su totalidad porque “estrangulan” la economía iraní, pero los jueces solo han atendido un aspecto de la demanda: el humanitario.
Washington respondió con la derogación de un acuerdo de amistad firmado en 1955 con Teherán y aseguró que ya existen excepciones humanitarias.
Los jueces de la ONU no tienen manera de obligar a los países a cumplir sus órdenes, pero su relevancia jurídica, fundamentada en el derecho internacional, y la presión diplomática que se deriva de ellas, es innegable.
En este caso, además, la decisión ha sido adoptada por unanimidad.
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Anunciado por el somalí Abdulqawi Yusuf, presidente del tribunal, el fallo tiene un valor añadido: no atiende todas las peticiones de Irán, sino que solo señala las sanciones de debían ser levantadas. En parte, porque el aspecto humanitario encaja en la “urgencia y posibles daños irreparables” que podrían causar a la población, invocados por Yusuf.
Pero, sobre todo, porque Estados Unidos “ha anunciado su intención de imponer nuevas sanciones a partir del 4 de noviembre”. La resolución alcanza a “todos los países, bancos o intermediarios que comercien con Estados Unidos y cuyos productos deban llegar a Irán”. (ECHA-Agencias)