El Ositrán estableció disposiciones temporales para la presentación de reclamos y recursos impugnativos durante la emergencia sanitaria a nivel nacional,
Se trata de reducir la probabilidad de contagio del covid-19 en la tramitación del procedimiento de atención de reclamos.
La norma permite que los usuarios presentan también sus recursos impugnativos mediante los canales telefónicos y virtuales (correos electrónicos o página web) fijados por las Entidades Prestadoras para la interposición de los reclamos, en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento de Atención y Reclamos del Ositrán.
Si se presenta un recurso de apelación por teléfono, la Entidad Prestadora proporcionará al usuario un número o un código de identificación en la misma comunicación telefónica.
Si la presentación se realiza por canales virtuales, el usuario recibirá una constancia de recepción con los datos de la fecha, hora y número o código del recurso, en máximo de un día hábil.
La norma obliga a que las Entidades Prestadoras impulsen el uso de los canales telefónicos y virtuales para la presentación de reclamos y recursos.
Esto, difundiendo mediante sus páginas web, avisos informativos colocados en las infraestructuras de transporte de uso público y redes sociales, sobre la importancia del uso de estos canales en el actual contexto de la emergencia sanitaria, así como los horarios de atención respectivos.
Foto Andina